top of page

Declaración Universal de los DDHH

Declaración Universal de los Derechos Humanos adoptados por la ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS. Artículo 19.

Artículo 19. Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinion y expresion; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitacion de fronteras, por cualquier medio de expresion. Declaracion Universal de los Derechos Humanos, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 10 de Diciembre de 1948 en Paris.

http://www.asovac.org/2006/10/02/articulo-19-de-la-declaracion-de-derechos-humanos-de-las-naciones-unidas/

 

© 2016 por Oriana Bla Dubla Dubla.

bottom of page